Ajuste de Estatus – Petición Familiar
En nuestro bufete de abogados, hemos tenido el placer y el honor de poder representar y ayudar a muchas personas en su proceso de ajuste de estatus. Aquí en Alcock y asociados, tenemos un equipo de abogados extremadamente dedicados, atentos y, sobre todo, comprometidos a trabajar para usted.
Nuestro equipo de abogados comprenden completamente la ley de inmigración. También es muy importante contar con la persona correcta que lo ayude o lo represente porque puede marcar la diferencia en un caso.
A lo largo de los años aquí en nuestro bufete de abogados, hemos podido manifestar cientos de resultados positivos para nuestros diversos tipos de casos de inmigración. También ofrecemos consultas totalmente gratuitas y planes de pago razonables.
Permítanos ayudarle en su caso. En Alcock y Asociados estamos aquí para pelear por usted.
CONSULTAS Gratis
Nuestra oficina y equipo de abogados han representado a numerosas personas que buscaban ajustar su estatus migratorio. Por supuesto, estamos aquí para ayudarlo, pero antes de contratar nuestros servicios es muy importante que comprenda la ley y también sus opciones.
Dicho esto, hay algunas personas que no califican para este tipo de ayuda. Si este es el caso, eso significa que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos o USCIS, no pueden darle legalmente un ajuste de estatus migratorio o residencia permanente. El propósito de esto es darle la información necesaria y oportuna que debe tenerse en cuenta para calificar para un ajuste del estado de inmigración.
Requisitos para el ajuste de Estado Inmigratorio en los Estados Unidos:
Las leyes de inmigración de los Estados Unidos permiten que un individuo se convierta en ciudadano permanente de los Estados Unidos a través de sus familiares. Para promover la idea de la unión familiar, las leyes de inmigración permiten que las personas que tienen un ‘familiar cercano’ que sea ciudadano de los EE. UU. soliciten un ajuste de su estatus migratorio o residencia permanente.
Para que un individuo solicite un ajuste de estatus, el solicitante debe tener un miembro de la familia que cumpla con los requisitos de un ‘miembro cercano de la familia’. Los miembros de la familia que califican como ‘miembro cercano de la familia’ son: cónyuge de un ciudadano de los Estados Unidos, padre de un hijo Estadounidense que tenga al menos 21 años de edad y un hijo de un padre ciudadano de los Estados Unidos no casado y menor de 21 años. Comprobante del parentesco debe de ser presentado con la solicitud.
Luego, después de establecer la relación, para que el pariente cercano se ajuste, debe haber sido inspeccionado, obtenido un permiso especial para ingresar a los Estados Unidos, O cumplir con los requisitos para la protección del 245 (i). Esto significa que el solicitante debe haber llegado a los Estados Unidos con una visa de no inmigrante o una tarjeta de cruce fronterizo. El solicitante también tiene la responsabilidad de verificar que llegaron legalmente a los Estados Unidos. Debido a esto, el solicitante debe presentar copias de todos los documentos que se utilizaron para ingresar a los Estados Unidos.
Si el individuo en cuestión no entro legalmente a los Estados Unidos, él o ella aún puede presentar una solicitud si se le envió una solicitud que tenga una fecha de prioridad anterior al 30 de abril de 2001. Esto se llama 245 (i) ajuste. La Sección 245 (i) de las leyes de inmigración protege a aquellos solicitantes que cumplen con los requisitos que normalmente no serían elegibles para el derecho de ajustar su estatus a residente permanente en los Estados Unidos para hacerlo bajo ciertas condiciones o regulaciones. El ajuste bajo 245 (i) permite que las personas soliciten el ajuste de estatus a pesar de que ingresaron a los Estados Unidos sin ninguna inspección o han salido de la norma de estado legal. Para calificar para el ajuste bajo 245 (i), el solicitante debe haber recibido una solicitud presentada por él o ella antes del 14 de enero de 1998 O haber presentado una solicitud en beneficio del extranjero entre el 14 de enero de 1998 y el 30 de abril de 2001 y estar físicamente presente en los Estados Unidos el 21 de diciembre de 2000. La solicitud de inmigración puede ser una solicitud de familia I-130 o una solicitud de certificación de trabajo I-140. También hay un costo administrativo o gubernamental de $ 1000 por la multa de 245 (i).
El solicitante también debe presentar un examen médico junto con su solicitud de Ajuste de estatus migratorio. El examen debe ser realizado por un cirujano civil. Un cirujano civil es un médico autorizado por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos para realizar específicamente estos exámenes médicos. La familia del miembro solicitante o el solicitante también debe proporcionar prueba de sus ingresos para demostrar que si el solicitante se convierte en residente permanente, no dependerán de la asistencia pública de los Estados Unidos. Si el peticionario no hace cierta cantidad de ingreso se necesitara un co-patrocinador. El costo para aplicar para el ajuste de estado inmigratorio es de $535 por la solicitud familiar y $1225 por la solicitud de ajuste.
Una persona no será elegible para solicitar el Ajuste de Inmigración si se sabe que él o ella están fuera del estado en los Estados Unidos por más de 365 días, o fueron de el Estados Unidos e intentaron de entrar nuevamente o lograron entrar nuevamente. Si este es el caso, la persona solo puede solicitar ingresar a los Estados Unidos después de que hayan pasado 10 años y también haya obtenido un indulto. Esto se aplica al solicitante que llegó a los Estados Unidos legal e ilegalmente. Una persona también necesitará un perdón si ingresó a los Estados Unidos legalmente, se quedó más del monto permitido en los Estados Unidos, sale de los Estados Unidos y regresa e ingresa, incluso con una visa. Una persona también será elegible para el Ajuste del Estado de Inmigración si él o ella ha sido condenado por un delito de sustancias controladas o un delito que involucra un comportamiento inmoral. Un delito de comportamiento inmoral es comúnmente un delito que tiene la intención de robar o defraudar como uno de sus elementos, o un delito en el que se causó daño corporal como un acto intencional.